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Documentación 28 abr. 2026 · 5 min de lectura

¿Cuánto tiempo hay que conservar los documentos de la comunidad?

Conservar la documentación de la comunidad no es opcional: la ley fija plazos mínimos según el tipo de documento. Estos son los principales.

Conservación permanente

  • Libro de actas y actas de junta (art. 19 LPH).
  • Estatutos y normas de régimen interior.
  • Libro del edificio (LOE, CTE).

5 años

El artículo 19.4 de la LPH obliga al secretario a conservar durante cinco años las convocatorias, comunicaciones y apoderamientos.

6 años

El Código de Comercio (art. 30) exige conservar la documentación contable durante seis años: presupuestos, cuentas, facturas y contratos.

El problema de hacerlo a mano

Llevar la cuenta de estos plazos manualmente es propenso a errores. En MiComunidad, cada documento se clasifica por tipo y el sistema calcula y aplica automáticamente su periodo de conservación, bloqueando el borrado de lo que la ley obliga a guardar.

Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal.

Pon a tu comunidad en orden

MiComunidad gestiona la documentación, las juntas y los plazos legales por ti.

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